Consideramos «Aparatos eléctricos y electrónicos» o «AEE»: todos los aparatos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos, y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos, que están destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1.000 voltios en corriente alterna y 1.500 voltios en corriente continua.
ANEXO I – Categorías de AEE incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto hasta el 14 de agosto de 2018 | ANEXO III – Categorías de AEE incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto a partir del 14 de agosto de 2018 |
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